"El diputado Rodrigo de Loredo propone suprimir el impuesto que regula el ingreso de dinero al ente de fomento por el uso de obras de dominio público; la situación en otros países." Tal es la bajada del artículo firmado por Daniel Gigena, en el diario La Nación, del 31 de mayo de este año.
Un proyecto para eliminar el dominio público pagante, fuente de financiamiento del Fondo Nacional de las Artes
El diputado Rodrigo de Loredo, jefe del bloque radical en la Cámara de Diputados, presentó con el apoyo de los legisladores radicales Marcela Antola, Danya Tavela y Alfredo Vallejos un proyecto que establece la eliminación del “dominio público pagante” (DPP), fuente de financiamiento del Fondo Nacional de las Artes (FNA), cuya supresión estaba prevista en el artículo 589 de la Sección IV de la primera versión de “ley Bases” referida al FNA, que llegó al Congreso en diciembre de 2023. Por las críticas del sector cultural y de la oposición, esa sección (entre otras) “voló” de la ambiciosa propuesta del Ejecutivo.
Gran parte del presupuesto del FNA, que ahora el Gobierno quiere reconvertir en un “banco de artistas”, se constituye con lo que se recauda con este impuesto. En nuestro país, la ley que rige la propiedad intelectual es la 11.723 y establece que el plazo de duración del derecho patrimonial se extiende durante la vida del autor y setenta años más a partir de su muerte. Vencido dicho plazo, la obra entra en lo que se denomina “dominio público” que, en la Argentina como en algunos otros países, tiene la característica de ser pagante cuando personas o empresas utilizan con fines comerciales obras que pasaron a “dominio público”.
El FNA recauda en forma directa e indirecta, a través de mandatarias o sociedades de gestión colectiva como SADAIC, Argentores, DAC, AADI y CAPIF, que cobran el DPP a radioemisoras, canales de televisión, editoriales, compañías discográficas y plataformas de streaming.
“La protección conferida a los autores se extiende durante toda su vida y, en general, por setenta años más contados desde su fallecimiento para sus herederos o derechohabientes -remarca el proyecto del diputado cordobés-. Vencido ese plazo, la obra cae en el ‘dominio público’. Es importante recordar que el marco normativo actual prevé el pago de un arancel con destino al FNA, para la utilización de obras científicas, literarias y artísticas caídas en el dominio público, esto es, cuando el plazo de protección previsto por los derechos de autor ha expirado. A esto se lo conoce como ‘dominio público pagante u oneroso’, y tan solo unos pocos países del mundo cuentan con él (Uruguay, Argelia, Kenia, Ruanda, Senegal, Paraguay). En otras palabras, la utilización de obras del dominio público no es libre, sino que están sujetas a un gravamen perpetuo, produciéndose un efecto encarecedor en el uso por parte de creadores de contenido, diseñadores, ilustradores, cuentistas, emprendedores y en general ciudadanos, y añadiendo mayores barreras a la creación de obras derivadas”.
Según el proyecto, existen críticas internacionales al DPP (también hay críticas locales), que alegan que “se trata de un impuesto injustificado en favor de las sociedades de gestión colectiva”.
“Chile, Italia y otros países también derogaron este sistema reemplazándolo por uno de dominio público gratuito -se ejemplifica en el proyecto-. México, por su parte, hizo lo propio en 1993. La supresión del dominio público pagante ha sido casi unánime a lo largo del mundo y no vemos razón por la cuál [sic] no ir en esa dirección. Es más, determinados estudios han demostrado que la gratuidad del sistema de dominio público genera dos efectos: mayor disponibilidad y menor precio”. El proyecto cita estudios de casos en los que la supresión del DPP causó, por un lado, una mayor “disponibilidad” de obras y, por otro, una baja en los precios del 5 % al 15 % respecto de las obras protegidas con derechos de autor (si bien la comparación debería haberse hecho con obras gravadas con DPP).
“Creemos que, con el fin de asegurar que Argentina se destaque en la economía global del conocimiento, es imperativo no solo optimizar sus normativas e instituciones jurídicas, sino también suprimir aquellas que carecen de eficacia e impiden su progreso”, concluye el proyecto que no indica el modo en que se financiaría el FNA si se elimina el DPP. Presentado en marzo, el proyecto debe ser debatido en la Comisión de Cultura de la cámara baja. Se descartan los apoyos del Gobierno y los legisladores de La Libertad Avanza en un “proyecto antiimpuesto”.
La Nación intentó comunicarse con las autoridades del Centro de Administración de Derechos Reprográficos de Argentina (Cadra), ”entidad única” para negociar los derechos de reproducción, y recaudar y distribuir el importe fijado (de acuerdo con el decreto firmado por Alberto Fernández en el último día de su gobierno), pero respondieron que no hablarían del tema.
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