jueves, 6 de febrero de 2020

Una de derechos de autor


En una entrada de este blog, correspondiente al 13 de mayo de 2015, se reprodujo lo que la consultora editorial María Eguaras comentó a propósito de la publicación de obras de dominio público.

Dado el tipo de lectura que prohija este medio, el pasado 18 de diciembre nos escribió el lector español Aitor Alonso el siguiente mail, que ofrecemos a la consideración de quienes estén interesados en el tema:

“Al ver que en vuestra web  tratáis temas de tecnología y su actualdiad al igual que la de Internet, como en el siguiente artículo: http://clubdetraductoresliterariosdebaires.blogspot.com/2015/03/valiosos-datos-para-editores-y.html

“Creo que es importante que conozcan a fondo la nueva ley del Copyright de la Unión Europea, que busca regular de una forma 'más eficiente' los derechos de autor en Internet.

“Debido a esta nueva ley les aconsejamos agregar la siguiente información en el artículo anteriormente mencionado para informar bien a sus lectores:
‘Esta regulación indica que la responsabilidad de que no haya contenido ilegal subido en las plataformas online como YouTube pasa a ser responsabilidad de las propias plataformas y no del usuario. Esto implicaría que todas ellas tendrías que comenzar a utilizar filtros muy agresivos –mucho más que los vigentes actualmente– para evitarlo.’

“Esto ha puesto en jaque a muchos creadores de contenido que consideran que muchos de sus trabajos podrían verse afectados por esta medida cuando suben contenido legal pero protegido por los derechos de autor. Por ejemplo, digamos que un youtuber mete en su vídeo una escena de una película y la cita. Esto es legal; sin embargo, no pasaría por estos filtros y el vídeo sería automáticamente retirado para ver fuera de la Unión Europea. Y es que actualmente no existe una tecnología lo suficientemente avanzada como para que pueda discernir entre lo que es legal y lo que no, sólo detecta contenido protegido por derechos de autor.”

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