Las definiciones que
ofrece el diccionario de la RAE de la palabra “monarquía” nos sumen, como
siempre, en la perplejidad. En otras palabras, nos dejan con la boca abierta.
Monarquía
Del lat. tardío monarchĭa, y este del gr. μοναρχία monarchía.
1.f Organización del Estado en la que la jefatura y representación supremas
son ejercidas por una persona que, a título de rey, ha recibido el poder por
vía hereditaria y puede transmitirlo del mismo modo.
2. f. Estado cuya forma de gobierno es una monarquía.
3. f. Tiempo durante el cual ha perduaro la monarquía en un país.
monarquía absoluta
f. Régimen político en el que todos los poderes corresponden al rey, sin limitaciones.
monarquía liberal
f. Régimen establecido en los países europeos tras
las guerras napoleónicas, en el que el rey y la representación popular
compartían poderes.
monarquía parlamentaria
f. monarquía representativa en la que el rey
simboliza la unidad y permanencia del Estado, como titular de un poder
moderador del funcionamiento de las instituciones democráticas.
monarquía representativa
f. Régimen
político en el que, reservando la jefatura del Estado a un monarca, los poderes
efectivos son ejercidos por los representantes del pueblo.
¿Un diccionario
pensado para los españoles, los naturales lectores, define “monarquía” como si
no existiera una definición universal y no necesariamente española de la
palabra “monarquía”? ¿No predican estas definiciones un destino intemporal que
excluye la posibilidad de que los ciudadanos que habitan el país puedan elegir
ser republicanos, federalistas o lo que quieran?
Más allá de la
neblina impenetrable, tampoco estas definiciones se ajustan al derecho público moderno
y resultan confusas a cualquier extranjero sea o no de lengua castellana.
La acepción más
general de la palabra (la que figura en primer lugar) explica que esta forma de
gobierno no es una forma de gobierno: es una “organización del Estado” que
otorga la “jefatura y representación supremas” a una persona que, a título de
rey (no se incluyen en la definición a las reinas), recibió el poder por
herencia y “puede transmitirlo” (¿tiene el derecho de transmitirlo?) del mismo
modo.
Corrobora la
impresión de definición impenetrable la aclaración sobre lo qué es una “monarquía
parlamentaria”, donde, lejos de describir el modelo político de las monarquías
constitucionales, en las que el rey ve limitado su poder por el Parlamento o la
Constitución, se otorga al monarca una preeminencia que no tienen estos
regímenes políticos en el mundo democrático.
Contribuyen a la
confusión otros detalles. Por ejemplo:
a. “ha recibido el
poder por vía hereditaria”. No es más natural en castellano decir: “ha
recibido/recibió el poder por herencia, de forma hereditaria”.
b. “tras las guerras
napoleónicas”. ¿No será “tras la Revolución Francesa? O al terminar el Antiguo
Régimen. O cuando se puso fin al Antiguo Régimen.
c. Si la “monarquía
parlamentaria” es definida como una “monarquía representativa” ¿por qué las
“monarquías representativas” tienen una definición aparte? ¿Por qué esta
definición, la última, define mejor lo que es una monarquía?
d. Por fin, y como
siempre, ¿qué justifica el orden de las acepciones? No se puede ni adivinar.
Tampoco los lectores.
Veamos ahora otra forma de pensar las palabras. Por ejemplo, la que
ofrece el Diccionario español de México (DEM)
monarquía
s
f
1 Forma
de gobierno de un Estado en la cual un rey o un emperador ejerce la soberanía
total o limitadamente: la monarquía francesa, monarquía absoluta.
2 monarquía institucional
Aquella en la cual una constitución o ley fundamental rige
para todos los miembros del Estado, incluido el rey, y hay un parlamento libremente
elegido por los ciudadanos
3 Estado
gobernado por un monarca
4 Tiempo que
dura el reinado de una persona: la monarquía de Carlos V
¿No
se tiene aquí la impresión de que las nieblas ibéricas se disipan? ¿No se evita
acaso la incursión en la tautología, que, para la retórica, significa “afirmación
redundante”? ¿Acaso la confusión terminológica del DRAE no afecta seriamente la comprensión de la organización del
Estado español para los españoles? ¿Nadie lee estas definiciones y por eso,
además de presentar problemas de redacción, presentan problemas de
inteligibilidad?
Piense cuánto peor sería que el DRAE dijese: Monarquía: forma de gobierno en que el poder lo tiene un monarca. Monarca: Rey. Rey: el que ejerce el poder en una monarquía. Ahora por lo menos ensaya una definición, el DRAE. Déjelo ser, Fondebrider
ResponderEliminarJustamente, no hay que dejarlo ser. Para la próxima semana trataremos de encontrar una definición circular como la que propone el comentario. Las hay. Claro que las hay.
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